viernes, 20 de enero de 2012

Los policías SÍ DEBEN llevar su identificación VISIBLE. Que no os engañen!

Ya estoy de nuevo por aquí!

Estos días están siendo de lo más intensos. Cada vez me noto más nerviosa, no sé si esto os pasa a los demás. Siento que los ataques a la ciudadanía se intensifican y se incrementan. Me siento acorralada, nos atacan por muchos flancos. ¿Cómo defendernos?

He mantenido en la tarde de hoy una discusión a través de facebook con conocidos de amigos, miembros de los cuerpos de seguridad nacional. Estas personas defendían la intervención policial de la que os hablé en el post pasado, algo que no me sorprende... lo que sí lo hizo y mucho fue su desconocimiento de las leyes y su prepotencia.

Lo primero porque defendieron una intervención sin haberla visto y menospreciaron la opinión de una ciudadana anónima que la estaba contando. Lo segundo porque la policía también se equivoca (vease el caso de Barcelona). Lo tercero porque se creen que están por encima de la ley sin apenas conocerla. Lo cuarto porque estoy harta de aguantar tonterías, de que la gente menosprecia la opinión de los demás de que te estén etiquetando como "rojo", "perroflauta", bla bla bla, cuando eres un ciudadano como los demás que además está haciendo un esfuerzo por informarse reconocidas las carencias que una tenía en muchos temas.

Cito textualmente una frase que tuve que recibir: "mierda de pais en el que todo el mundo cree que tiene mas derechos que nadie....los derechos de los demas terminan donde empiezan los mios".

Entonces les planteo mi gran duda. ¿Es obligatorio que un agente de la autoridad lleve una placa de identificación en la que figura su número de agente visible? Dicen que eso depende, que algunas unidades no. (Yo siempre tuve entendido que sí, y de hecho el domingo tras la intervención era algo que todo el mundo en Sol comentaba, que no llevaban las identificaciones). Les digo que si pueden decirme en que Norma dice los antidisturbios (oficialmente son los UIP: Unidad de Intervención Policial) no deben llevarla. Me dicen que si les puedo enseñar la que dice que si deben. (O_o). Les paso el enlace y les indico artículo y párrafo.

Existe una Orden Ministerial de 8 de febrero del 88, publicada en el BOE, en la que se trata este tema, complementando al Real Decreto 1484/1987. Aquí os dejo el enlace.

Sigue la conversación, me resaltan el párrafo que les he indicado:

LA PLACA-EMBLEMA DE LOS FUNCIONARIOS DEL CUERPO NACIONAL DE POLICIA ESTARA COMPUESTA POR EL ESCUDO NACIONAL, LA LEYENDA <CUERPO NACIONAL DE POLICIA>, Y EL NUMERO DE IDENTIFICACION PERSONAL, TROQUELADO EN LA BASE DEL CONJUNTO. (podéis ver la foto más abajo)

Según uno de ellos esto solo describe cómo debe ser la placa, no dice que tenga que estar a la vista. Me rebate con los siguientes párrafos:

7. CUANDO HAYAN DE RELACIONARSE CON LAS AUTORIDADES O CON LOS CIUDADANOS, EN LA REALIZACION DE LOS SERVICIOS, SIEMPRE QUE LAS CIRCUNSTANCIAS LO PERMITAN, LOS FUNCIONARIOS DEBERAN IDENTIFICARSE. LAS AUTORIDADES Y LOS CIUDADANOS PODRAN REQUERIRLOS AL EFECTO, EN TALES SUPUESTOS.

ART. 8. EL PERSONAL QUE REALIZA SERVICIO DE UNIFORME ACREDITARA SU CONDICION DE AGENTE DE LA AUTORIDAD CON EL MISMO. NO OBSTANTE, LLEVARA OBLIGATORIAMENTE EL CARNE PROFESIONAL, QUE SERA EXHIBIDO CUANDO SEAN REQUERIDOS PARA IDENTIFICARSE POR LOS CIUDADANOS, CON MOTIVO DE SUS ACTUACIONES POLICIALES.

He resaltado en negrita la frase que esgrimen a toda costa. Según ellos ahí se demuestra que la placa debe ir junto con el carnet, pero con que sea en su bolsillo basta. Que no tienen que llevarla a la vista, que se muestra a petición del ciudadano. Y dicen que en medio de una intervención no se van a identificar, porque pueden recibir. Para mí una cosa es identificarse y otra llevar el número a la vista.

Pregunto ¿qué hacer si les pido que se identifiquen y no lo hacen? Me responden evasivas, como que no puedo ir pidiendo indentificación a los policías, solo si va conmigo.Y que no se van a identificar en medio de una intervención, que ahí si se lo pido seguramente me caiga una ostia (O_o). Les digo que me refiero a antes de la intervención pero en ese mismo día. No me contestan a la pregunta, sino que me dejan claro que siempre la gente se informa de sus derechos antes de sus obligaciones y me indican que me lea la Ley Orgánica 1\92 del 21 de febrero sobre Proteccion de la Seguridad Ciudadana (pinchad aquí). Les indico que conozco mis obligaciones, especialmente la de identificarme si un agente de la Ley me lo pide. Quienes parecen no tenerlo tan claro son ellos.

Ahora os incluyo el párrafo de un anexo, donde QUEDA CLARO QUE DEBEN LLEVAR SU NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VISIBLE BAJO EL ESCUDO SIEMPRE QUE VAYAN DE UNIFORME. Os lo pego:

LA FIJACION A LA PRENDA DE VESTIR SERA CON PINCHO Y CIERRE DE SUJECION.

LOS FUNCIONARIOS QUE NO VISTAN DE UNIFORME PORTARAN LA PLACA-EMBLEMA CON EL CARNE PROFESIONAL EN LA CARTERA, DESCRITA EN EL ANEXO V.

LLEVARA INCORPORADO AL CONJUNTO POR DEBAJO DEL EMBLEMA UN ESPACIO CON UN NUMERO DE IDENTIFICACION PERSONAL.


Se coñean de mí diciendome que también un agente de paisano debe llevarlo a la vista ¿no? Releed lo que pongo en negrita. Para mí queda claro, ¿no? Si llevas uniforme, llevas la placa con el número.Si no lo llevas, llevas encima tu carnet. PUNTO. ¿Acaso es tan difícil de comprender esta frase?

Busco la página web de la UIP y descubro estupefacta que en una web dedicada a UIP vienen fotos de cómo debe ser el uniforme. (NOTA A 27/09/2012: esta foto fue extraída de la web "uipcnp", de una sección donde se mostraban los uniformes y que actualmente ha sido eliminada de la página web. Por suerte tenía guardada la foto que mostraba el escudo junto con la placa del número de identificación). Aquí os dejo la web donde estaba, que ahora prácticamente no muestra nada. Pero os pongo la foto:





Bueno, como veréis esta discusión no va a ningún sitio. Me da la sensación de que algunos se creen muy gallitos por ser polis. Cuando en lugar de enfrentarse a ciudadanos indefensos, se enfrenten a sus superiores como les pasa hoy en día a los Mossos en Barcelona, a ver si se sienten igual de fuertes ó en cambio se sienten tan decepcionados como me siento yo ante los supuestos protectores del pueblo. Llegado ese día no me dará pena de personas así, porque tu puedes ser un mandao pero encima no seas chulo y defiendas estos abusos. No eres nadie para creerte más que nadie. Nadie lo es. No estás por encima de la Ley.


No contenta con lo que ví con mis propios ojos el domingo, ahora tengo que escuchar que un agente de la Ley sin conocerme de nada me acuse de no conocer mis deberes y solo exigir mis derechos, cuando queda demostrado que es él quién no conoce sus obligaciones para con los ciudadanos: sus pagadores. Y que se refiera a España como "país de mierda". ¿Pero esto qué coño es?


Poco después he leído un blog en el que justamente se menta la respuesta del ministerio del Interior a una petición de un ciudadano (bloggero) que les envió una carta el pasado verano pidiendo que se obligue a los antidisturbios y policías a llevar su placa de identificación visible y que sea a 10m. Han contestado ahora (después de que el chico se queje) y en la carta se confirma que deben llevar la identificación personal reglamentaria que es visible a 1,2 m.


Os dejo aquí el enlace al blog, donde se incluye un escaneo de la carta.



Con estes post pretendo dejaros claro que TENEMOS RAZÓN quienes decimos que deben ir identificados. Que los agentes deben llevar su número de identificación VISIBLE bajo la insignia del cuerpo que sea. En una placa DORADA. Que deben identificarse a petición nuestra. Tenéis la Ley donde lo pone. Esa es la Ley vigente. La que me protege. Yo no he incumplido mis obligaciones: ellos sí (los de Madrid) y encima me han querido poner de imbécil (los de facebook). 

Y estoy hasta los huevos de lo fácil que resulta atacar y menospreciar al personal. Así que en este tema lo tengo claro: es ilegal lo que han hecho. Está en la ley y punto. Y si ellos no lo saben, es SU problema. Yo sí lo se. Y ahora vosotros (los que no lo supiéseis antes) también.

Un saludo

2 comentarios:

  1. Efectivamente, estan obligados a llevar el TIP, y lo llevan, pero debajo del chaleco. Al menos asi se saltan la norma los mossos, llevando encima algo que lo tape.

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    1. ¡Hola!

      Es evidente que incumplen la Ley tanto como si no lo llevase, puesto que esta establece que debe ser visible.
      Yo he visto antidisturbios sin esos chalecos que tampoco llevaban la placa.
      Está claro que se saltan esta norma aposta.

      Un saludo

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